top of page

SAT no podrá verificar identidad de personas físicas a petición de empresas

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dejará de verificar la identidad de las personas físicas, a solicitud de cualquier empresa privada que lo solicite, al considerarse una violación a la privacidad de los datos personales, resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).


Por una mayoría de ocho votos, se declaró la inconstitucionalidad de una porción del artículo 17-F, del Código Fiscal de la Federación (CFF), que disponía: “Los particulares que determinen el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autenticación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al SAT que preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas, así como el de la verificación de identidad de los usuarios”.


Los particulares que determinen el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autenticación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al SAT que preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas, así como el de la verificación de identidad de los usuarios. “Se subraya que este servicio se presta sin mediar consentimiento de los titulares de esa información, ni condicionarse en su uso para la realización de fines legales legítimos”, expuso el ministro ponente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en su proyecto.


Este mecanismo facultaba a cualquier empresa solicitar al SAT la verificación de la firma electrónica del contribuyente, comparándola con la de su base de datos, lo que incluía la información biométrica del causante.




30 DE MAYO DE 2023.

ESCÚCHANOS EN: www.peligrosa.mx

1 visualización0 comentarios

Commenti


bottom of page