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HARÁN PÚBLICA INFORMACIÓN DE DEUDORES Y ACREEDORES ALIMENTARIOS; EL REGISTRO NACIONAL SE ACTUALIZARÁ CADA MES

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A partir del martes 9 de julio, el Poder Judicial de Tlaxcala podrá suministrar, intercambiar, sistematizar, consultar, analizar y actualizar información de todas aquellas personas que no han cumplido oportunamente con el pago de la pensión alimenticia (deudores y acreedores de obligaciones alimentarias) a fin de dar una efectiva protección y restitución de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (NNA).

Lo anterior se podrá realizar después que la presidenta del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura en el Estado (TSJE-CJE), Anel Bañuelos Meneses, recibiera las llaves de acceso a la plataforma del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), con las que podrá subir la información respectiva.

En un acto efectuado en el Aula Magna “Gustavo A. Barrera” de la Escuela Judicial del Poder Judicial del Estado de México, la titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), Nuria Fernández Espresate, reconoció la disposición mostrada por los tribunales locales del país, pues esto refleja la responsabilidad que tienen para con la impartición de justicia.

Consideró que, con la entrega de estas llaves de acceso, se da un paso muy importante para que en los juzgados se dicten sentencias sobre los deudores alimentarios y que éstas se registren en la plataforma.

Con el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias tanto los tribunales superiores de justicia en las entidades federativas y de la Ciudad de México compartirán la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias en el ámbito de sus competencias.

El objetivo es concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, con el fin de ocuparle como un instrumento para la efectiva protección y restitución de los derechos de NNA; el Registro es público, gratuito y digital.

Los Tribunales tienen la obligación de suministrar y actualizar la información al Registro sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias en el ámbito de su competencia y jurisdicción, durante los primeros cinco días hábiles de cada mes.

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