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DIRECTIVOS PIDEN A LA JUSTICIA FEDERAL QUE DECLARE INEXISTENTE LA HUELGA EN AUDI

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Al cumplirse un día más de paro de actividades en la armadora alemana Audi, la empresa formalizó la solicitud de “inexistencia de huelga” ante el juez del Tribunal Federal Laboral, bajo el argumento de que no se cumplieron con los estatutos para su estallamiento. Este es uno de los primeros casos que deberá resolver el Poder Judicial, luego de la reforma laboral de 2019.

Ante dicha solicitud, el Tribunal Federal fijó para el próximo 1 de febrero a las 14:00 horas la fecha para la audiencia incidental de calificación de la huelga.

De acuerdo con la empresa, la huelga es un derecho de los trabajadores, “no de las dirigencias sindicales”, y sus estatutos establecen claramente que el derecho a emplazar y estallar la huelga es privativo de las Asambleas divisionales, requisito que omitieron cumplir y por ende no cumplieron con los requisitos establecidos por el artículo 459 y 920 de la LFT.

Dicho artículo señala que la huelga puede declararse inexistente si: “I. La suspensión del trabajo se realiza por un número de trabajadores menor al fijado en el artículo 451, fracción II; II. No ha tenido por objeto alguno de los establecidos en el artículo 450; y III. No se cumplieron los requisitos señalados en el artículo 920”, y justo se menciona que el Sindicato Independiente de Trabajadores de Audi no cumplió con la totalidad de los requisitos.

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