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El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, con el objetivo de que los delitos sexuales cometidos contra menores de edad no prescriban.
En la sesión de hoy 12 de septiembre de 2023, los diputados aprobaron con 425 votos modificaciones a los artículos 107 Bis, 205 Bis, 261, 266 y 266 Ter de dicho Código y se enviaron al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
El dictamen aprobado establece que la prescripción de un delito cometido en contra de una víctima menor de edad comienza a correr a partir de que ésta cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos de pornografía, corrupción de menores, turismo sexual, lenocinio y pederastia que serán imprescriptibles.
En los casos en que una persona activa del delito sea servidora o servidor público o ministra o ministro de culto religioso, además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.
Los diputados también modificaron la referencia de la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas por “Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos”.
Las reformas aprobadas tienen el objetivo de que la persecución de los delitos sexuales cometidos contra menores de edad se lleve a cabo a pesar del transcurso del tiempo, con el fin de erradicar su impunidad.
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