top of page

BORRA EL GOBIERNO DE TLAXCALA TODO UN PÁRRAFO ERRÓNEO DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE CANDIDATOS 

http://tun.in/sfFLp 📰 Últimas #noticias en #ObjetivoAM, transmisión en vivo por #Peligrosa1370AM y 1600-AM🎙️ Descúbrelo en www.peligrosa.mx o en TuneIn: http://tun.in/sfFLp  🌐 #Tlaxcala #Puebla #RadioOnline

📱 ¡Envíanos tus comentarios o denuncias por WhatsApp al número 247 132 5496! 🗣️📲 #WhatsAppPeligrosa

 



(Fabián Robles/16 de mayo 2024) Para corregir un error en el glosario del acuerdo por el que emitió el Protocolo de Actuación para la Protección de Candidatos en el Proceso Electoral, el gobierno de Lorena Cuéllar Cisneros recurrió a una estratagema facilísima: borrar del documento referido todo el párrafo que generó incertidumbre y dio origen a una serie de críticas por la falta de cuidado al momento de redactarlo.

Sin embargo, aceptar el yerro -evidenciado por este reportero- y publicar la fe de erratas correspondiente, le llevó a la administración morenista varios días, ya que el acuerdo del protocolo referido fue incluido en la sexta sección del número 18 del Periódico Oficial del Estado, publicado desde el 2 de mayo de 2024.

Fue hasta apenas el 13 de mayo, en una publicación extraordinaria del Periódico Oficial, en la que se corrigió el error y se limitaron a recorrer definiciones contenidas en el glosario, pero ya no se incluyó a la figura del organismo público local, y

En el glosario del documento dado a conocer el 2 de mayo, se incluyó por error esta definición del OPL como “el Instituto Electoral del Estado, organismo público local dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía en su funcionamiento, independencia en sus decisiones y profesional en su desempeño, de carácter permanente, al que se le encomienda la función estatal de organizar las elecciones locales en el Estado de Puebla; es decir, la elección de gobernador del estado, diputaciones locales y miembros de los ayuntamientos”.

Aparte de esos errores garrafales -porque el protocolo era para quienes aspiran a un cargo en Tlaxcala, y además de que en este proceso en el estado no se elegirá gobernador-, en la definición referida se excluía a las personas que compiten en la entidad por la titularidad de alguna presidencia de comunidad a través del voto.

Al momento de la publicación referida, llamó la atención el error porque, de manera contradictoria, según lo establecido en el referido acuerdo, “el ITE (Instituto Tlaxcalteca de Elecciones) será el encargado de recibir la solicitud de protección de los candidatos debidamente registrados, la cual podrá recibirse de manera escrita o verbal”.

Es decir, no había claridad respecto de qué autoridad sería la responsable de recibir esas peticiones de protección, si correspondería al organismo electoral de Puebla o al de Tlaxcala.

0 visualizaciones0 comentarios

Comments


bottom of page