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Los funcionarios de órganos autónomos o desconcentrados como el Banco de México (Banxico), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de empresas estatales como Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE), podrían portar armas de fuego para el desarrollo de funciones de seguridad, según se propone en una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Esta iniciativa fue enviada a la Cámara de Diputados por el presidente Andrés Manuel López Obrador la semana pasada, a unos días de que finalice su sexenio.
Entre otras modificaciones, la iniciativa propone reformar el artículo 24 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para adicionar que pueden portar armas de fuego los integrantes de “los organismos que, por sus funciones de carácter público, justifiquen su necesidad”.
Con esta adición al artículo 24, integrantes de órganos autónomos, desconcentrados y descentralizados, como Banxico, el SAT, la Casa de Moneda de México, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), e integrantes de empresas estatales como Pemex y CFE, podrían portar armas de fuego para el desarrollo de funciones de seguridad.
“En México es prioridad la seguridad de las áreas estratégicas y la seguridad pública. Por ello, en esta iniciativa de ley, se propone que integrantes de empresas públicas, paraestatales, órganos autónomos (entre otras CFE, PEMEX, Banxico, Casa de Moneda, CNI, SAT) (...) puedan portar armas de fuego para el desarrollo de funciones de seguridad”, dice la exposición de motivos de la iniciativa.
Para ello, se agregaría al artículo 25 de la Ley Federal de Armas un nuevo tipo licencia de portación de armas de fuego, que son las licencias “Oficiales colectivas” para las instituciones públicas a las que se refiere el artículo 24, entre las que estarían los órganos autónomos, desconcentrados, descentralizados y las empresas estatales.
Según la iniciativa, las licencias “Oficiales colectivas” tendrán que contar con una autorización previa de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), se tendrán que renovar cada dos años y, además, las dependencias a las que se les autoricen, deberán expedir credenciales foliadas de identificación a su personal operativo que vaya a portar armas, las cuales se asimilarán a una licencia individual de portación de armas.
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